lunes, 30 de junio de 2008

Mar Territorial y Zona Econ. Exclusiva.


Mar territorial argentino
El
Mar territorial argentino se extiende hasta una distancia de 12 millas marinas a partir de las líneas de base establecidas por la ley 23.968, que fija que " quedan incluidas en las líneas de base, las líneas que unen los cabos que forman las bocas de los golfos San Matías, Nuevo y San Jorge, tal cual lo establece el artículo 1 de la Ley Nº 17.094 y la línea que marca el límite exterior del Río de la Plata, según los artículo 1 y 70 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, del 19 de noviembre de 1973".
La República Argentina, basándose en el
Derecho internacional del mar (Convención sobre el Derecho del Mar), ejerce soberanía plena sobre su mar territorial, así como sobre el espacio aéreo, el lecho y el subsuelo de dicho mar. En este se reconoce a los buques de otros estados el derecho de paso inocente, siempre que el mismo se practique de conformidad con las normas del derecho internacional y de acuerdo a las leyes y reglamentos que dicte en su condición de estado ribereño.
Para la zona desde el punto extremo oriental del
Canal Beagle hasta el punto más al Este de la Isla de los Estados, área que corresponde al Mar de la Zona Austral, el mar territorial argentino se reduce a 3 millas marinas a los efectos de su relación jurídica con Chile, pero se mantiene en 12 millas en relación a los demás estados.


Zona económica exclusiva argentina
La zona económica exclusiva argentina se extiende, más allá del límite exterior del mar territorial, hasta una distancia de 200 millas marinas a partir de las líneas de base, es decir, 176 millas marinas contadas desde el límite de la zona contigua.
La Argentina ejerce en esta zona todos sus poderes fiscales y jurisdiccionales, preventivos y represivos, en materia impositiva, aduanera, sanitaria, cambiaria e inmigratoria.
Las normas nacionales sobre conservación de los recursos se aplican más allá de las 200 millas marinas, sobre las especies de carácter migratorio o sobre aquellas que intervienen en la cadena trófica de las especies de la zona económica exclusiva argentina.

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